lunes, 2 de julio de 2007

Iglesia Signataria de Utrecht.

Iglesia Católica Apostólica Antigua
del Río de la Plata
La Declaración de Utrecht (24 de Septiembre de 1889)

En nombre de la SS. Trinidad
Johannes Heykamp, Arzobispo de Utrecht.
Casparus Johannes Rinkel, Obispo de Haarlem,
Cornelius Diependaal, Obispo de Deventer,
Joseph Hubert Reinkens, Obispo de la Iglesia Viejo Católica de
Alemania,
Eduard Herzog, Obispo de la Iglesia Católica Cristiana de Suiza,
Congregados en la residencia del Arzobispado en Utrecht en el cuarto
y vigésimo día de septiembre, 1889, después de la invocación del
Espíritu Santo, se dirige la Declaración siguiente.
A la Iglesia Católica.
Congregándose para una conferencia en respuesta a una invitación del
Arzobispo firmado de Utrecht, nosotros nos hemos resuelto de vez en
cuando encontrarnos para las consultas en los asuntos de interés
común, junto con nuestros ayudantes, concejales, y teólogos, de aquí
en adelante.
Nosotros juzgamos apropiado en esta nuestra primera reunión para
resumir en una declaración común los principios eclesiásticos en que
nosotros hemos ejercido hasta aquí y continuaremos ejerciendo
nuestro ministerio episcopal, y qué nosotros hemos tenido la ocasión
repetidamente para declarar en las declaraciones individuales.
(1)Nosotros adherimos el principio de la Iglesia antigua extendido
por St Vincent de Lérins en estos términos: `Id teneamus, quod
ubique, quod semper, quod ab omnibus creditum est; hoc est etenim
vere proprieque catholicum'. Por consiguiente nosotros cumplimos la
fe de la Iglesia antigua como está formulado en los símbolos
ecuménicos y en las decisiones dogmáticas universalmente aceptadas
de los sínodos ecuménicos sostenidos en la Iglesia no dividida del
primer milenio.
(2)Nosotros por consiguiente rechazamos como contraria a la fe de la
Iglesia antigua y destruyendo su constitución, los decretos
Vaticanos, promulgado el 18 de julio de 1870, acerca de la
infalibilidad y el episcopado universal o plenitud eclesiástica de
poder del Papa romano. Esto, sin embargo, no nos impide reconocer la
primacía histórica, que varios concilios ecuménicos y los Padres de
la Iglesia antigua, con el consentimiento de la Iglesia entera han
atribuido al Obispo de Roma reconociéndolo como el Primus Inter
Pares (Primero Entre Iguales).
(3)Nosotros también rechazamos el dogma de la Inmaculada Concepción
promulgado por el Papa Pio IX en 1854 por no estar fundamentado en
las Santas Escrituras, ni en la tradición de los primeros siglos.
(4) En cuanto a otros decretos dogmáticos emitidos por los Obispos
de Roma en los últimos siglos, las bulas Unigenitus y Auctorem
fidei, el Programa de estudios de 1864 etc., nosotros los rechazamos
en todos sus puntos por estar en contradicción con la doctrina de la
Iglesia antigua, y no los reconocemos como ligados a esta. Es más
nosotros renovamos todas las protestas que la Iglesia Católica
Antigua de Holanda ha hecho contra Roma en el pasado.
(5) Nosotros nos negamos en aceptar las decisiones del Concilio de
Trento en las materias de disciplina, y nosotros sólo aceptamos sus
decisiones dogmáticas en la medida en que estas estén de acuerdo con
la enseñanza de la Iglesia antigua.
(6) Considerando que la Santa Eucaristía siempre ha sido el
verdadero punto focal de culto en la Iglesia católica, nosotros
consideramos nuestro deber declarar que mantenemos en toda la
fidelidad y sin desviación la doctrina católica antigua acerca del
Santo Sacramento del Altar, creyendo que nosotros recibimos el
Cuerpo y la Sangre de nuestro Salvador el mismo Jesús bajo las
especies de pan y vino.
La celebración Eucarística en la Iglesia no es una repetición
incesante ni una renovación del sacrificio expiatorio que Cristo
ofreció por última vez en la Cruz; el carácter del sacrificio de la
Eucaristía, sin embargo, consiste en ser la conmemoración perpetua
de ese sacrificio y una representación real, promulgándose en la
tierra, de la única ofrenda que Cristo, según Heb. 9:11-12,
continuamente hace en el cielo para la salvación de la humanidad
redimida, apareciendo ahora para nosotros en la presencia de Dios
(Heb. 9:24). Esto es respecto al carácter de la Eucaristía el
sacrificio de Cristo, que es al mismo tiempo una comida
sacrificatoria, por medio de la cual el creyente, recibiendo el
Cuerpo y Sangre del Señor, tengan comunión unos con otros (1 Cor.
10:17).
(7) Nosotros esperamos que los teólogos, mientras mantienen la fe de
la Iglesia no dividida, tendrán éxitos en sus esfuerzos para
establecer un acuerdo en las diferencias que han levantado las
divisiones de la Iglesia subsecuentemente. Nosotros insistimos a los
sacerdotes bajo nuestra jurisdicción en primer lugar enfatizar,
predicando y por la instrucción religiosa, por ambas, las verdades
cristianas esenciales profesadas en común por todas las confesiones
divididas, cuidando evitar, en discusiones aún existentes en las
diferencias, cualquier violación de verdad o caridad, y, de palabra
y hecho, siendo un ejemplo a los miembros de nuestras parroquias de
cómo actuar en cierto modo hacia las personas de diferente creencia
de acuerdo con el espíritu de Cristo Jesús, quién es el Salvador de
todos nosotros.
(8) Nosotros creemos fielmente que esto manteniendo la enseñanza de
Cristo Jesús, mientras rechazando todos los errores que se han
agregado a ella a través del pecado humano, así como rechazando
todos los abusos en materias eclesiásticas y las tendencias
jerárquicas, daremos lo mejor en neutralizar la incredulidad y la
indiferencia religiosa que son el peor mal de nuestro día.
Dado en Utrecht, el 24 de Septiembre, 1889.
Johannes Heykamp.
Casparus Johannes Rinkel.
Cornelis Diependaal.
Joseph Hubert Reinkens.
Eduard Herzog.
Nota.- Ésta es una traducción fresca hecha del original alemán (cf.
IKZ 84, 1994, p. 40-42). La primera traducción al ingles de la
Declaración de Utrecht se publicó en The Foreign Church Chronicle
and Review 13 (1889) pp. 225-227. La traducción mas ampliamente
circulada será encontrada en C.B. Moss, The Old Catholic Movement,
London, 21964, 281f. Moss exige que su traducción un poco
parafraseada sea aceptada por los Obispos Viejos Católicos como
correcta. Esto fue publicado en el Informe del Lambeth Conference of
1930, p. 142 (con las variaciones de ortografía y otras menores).
Debe notarse que su versión inglesa casi-oficial se reproduce en
texto abreviado sin la sección introductoria, como estuvo en uso en
los círculos Viejos Católicos alrededor de 1930.
Nota del Traductor: Este texto fue traducido usando un software de
traducción digital y las interpretaciones del propio traductor
acerca de la lectura del texto en Ingles, el mismo fue obtenido en
línea en fecha de Marzo 2006 en el siguiente URL
http://www.utrechter-union.org/english/ibc_foundations5.htm. Esta
traducción no es ni remotamente un texto oficial de la Unión de
Utrecht.